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NFTs de Bored Ape Yacht Club no son valores financieros, decidió un juez de Estados Unidos

Un tribunal federal de California desestimó una demanda colectiva contra Yuga Labs. Como conclusión, determinó que los famosos NFT de la colección Bored Ape Yacht Club (BAYC) no cumplen con la definición legal de valores financieros.

La resolución, firmada por el juez Fernando M. Olguin, apunta a que los NFTs son, en esencia, objetos de colección y derechos de acceso, y no contratos de inversión.

Según el documento, los demandantes no pudieron probar los tres elementos esenciales para calificar una operación como contrato de inversión, como exige el llamado Howey test. Por ello, el tribunal consideró que no existía una “empresa común” ni una expectativa razonable de ganancias dependiente de los esfuerzos de Yuga Labs, elementos necesarios para transformar una compra en una inversión regulada.

En particular, el tribunal sostuvo que la forma en que Yuga promovió los NFTs, como objetos coleccionables y claves para acceder a una comunidad y beneficios, no constituye una promesa de rendimiento económico.

Además, el juez subrayó algunos aspectos prácticos que debilitan la tesis de los demandantes. Según Olguin, la mayoría de las transacciones de BAYC se realizan en mercados secundarios independientes, como OpenSea o Coinbase, y no en plataformas controladas por el emisor. Las comisiones por reventa que cobra Yuga Labs funcionan, según la corte, como una desconexión entre las fortunas de los compradores y las de la empresa. Por tanto, esos hechos, conjuntamente, no prueban la existencia de un vínculo financiero directo que justificaría la regulación como valor.

Vitctoria para Yuga Labs, pero no para todos los NFTs

Aunque el pronunciamiento ofrece un alivio para Yuga Labs, algunos expertos advierten que no es una exención total para todos los NFT. Proyectos que anuncien explícitamente expectativas de retorno o funcionen como vehículos de inversión podrían seguir estando en la diana de reguladores y tribunales.

Asimismo, el tribunal permitió la posibilidad de que los demandantes presenten una nueva demanda para intentar corregir deficiencias puntuales del escrito original. El magistrado impuso límites procesales, pero abrió la puerta a que el caso vuelva a la mesa si se presentan alegaciones concretas que superen las faltas detectadas por la corte.