{"id":3977,"date":"2024-10-16T20:00:06","date_gmt":"2024-10-16T20:00:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.criptofacil.com\/es\/?p=3977"},"modified":"2024-10-16T18:27:57","modified_gmt":"2024-10-16T18:27:57","slug":"argentina-la-manera-en-la-que-afip-cobrara-impuestos-sobre-las-criptomonedas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.criptofacil.com\/es\/argentina-la-manera-en-la-que-afip-cobrara-impuestos-sobre-las-criptomonedas\/","title":{"rendered":"Argentina: la manera en la que Afip cobrar\u00e1 impuestos sobre las criptomonedas"},"content":{"rendered":"
La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP)<\/a>, organismo que regula los impuestos en Argentina, inform\u00f3 la manera en que se gravar\u00e1n los activos. Este dictamen viene a esclarecer una cuesti\u00f3n jur\u00eddica fundamental: la naturaleza de las\u00a0criptomonedas\u00a0y su correcta inclusi\u00f3n dentro del r\u00e9gimen\u00a0impositivo.<\/p>\n Para AFIP las criptomonedas<\/a> son \u201cactivos financieros\u201d y no \u201cbienes inmateriales\u201d. Partiendo de esta base, para el organismo argentino todo usuario que posea un activo financiero o bienes personales deben tributar impuestos sobre Bienes Personales.<\/p>\n Seg\u00fan determin\u00f3 el organismo, incluir a las criptomonedas en el gravamen de Impuestos sobre Bienes Personales ser\u00eda una interpretaci\u00f3n \u201carmoniosa\u201d del r\u00e9gimen fiscal. Para llegar a esta conclusi\u00f3n, AFIP realiz\u00f3 un an\u00e1lisis sobre las caracter\u00edsticas y el origen de los activos<\/a>, resaltando una similitud con los activos financieros tradicionales.<\/p>\n Entre sus argumentos, AFIP indica que \u201cel mercado de las criptomonedas denota una marcada volatilidad y descentralizaci\u00f3n\u201d. Para el organismo, estos dos rasgos se asocian com\u00fanmente con productos financieros de alto riesgo y especulativos. Asimismo, los activos suelen negociarse con el objetivo de obtener rentabilidad en un corto plazo, lo que refuerza su car\u00e1cter financiero.<\/p>\n Dentro de esta l\u00ednea, AFIP sostiene que los activos no pueden estar incluidos en el segmento \u201cbienes inmateriales\u201d, ya que su uso como medio de intercambio es marginal y su adopci\u00f3n en el sistema econ\u00f3mico formal es baja.<\/p>\n Por \u00faltimo, el dictamen afirma que\u00a0\u201cla consideraci\u00f3n de las criptomonedas como un activo financiero<\/a> en todo el orden fiscal federal implicar\u00eda una mayor seguridad jur\u00eddica\u201d para los contribuyentes que posean criptoactivos.<\/p>\n En conclusi\u00f3n, la tenencia de criptoactivos, sea persona jur\u00eddica o humana, estar\u00edan alcanzados por el Impuesto a los Bienes Personales<\/p>\n AFIP determin\u00f3 que el Impuesto a las Ganancias se gravar\u00eda sobre los rendimientos que generen las criptomonedas en las billeteras virtuales o exchanges<\/a>. Esta medida alcanzar\u00eda tanto para las personas humanas, como para personas jur\u00eddicas o empresas.<\/p>\n Las personas humanas o empresas unipersonales que no graven Impuesto a las Ganancias y que posean activos no pagar\u00edan impuestos. Como ejemplo, si se registran tenencias de activos en la billetera virtual y por la paridad cambiaria sube la cotizaci\u00f3n, las ganancias producto de dichos aumentas no est\u00e1 grabada. Cabe destacar que el rendimiento que genere ese activo se computar\u00e1 dentro de la base imponible del Impuesto a las Ganancias.<\/p>\n Por el contrario, en el caso de las personas jur\u00eddicas y dem\u00e1s sujetos que graven Impuestos a las Ganancias, dichas tenencias y rendimientos se encontrar\u00e1n gravadas a la tasa progresiva que prev\u00e9 el art\u00edculo 73 de la ley.<\/p>\n\n
\u00bfPor qu\u00e9 AFIP considera los activos como Bienes Personales?<\/h2>\n
\u00bfY qu\u00e9 pasa con el Impuesto a las Ganancias?<\/h2>\n