{"id":14655,"date":"2025-05-03T11:00:32","date_gmt":"2025-05-03T11:00:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.criptofacil.com\/es\/?p=14655"},"modified":"2025-05-02T19:57:24","modified_gmt":"2025-05-02T19:57:24","slug":"en-vigor-las-reformas-a-la-ley-bitcoin-en-el-salvador-cambios-clave-desde-hoy","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.criptofacil.com\/es\/en-vigor-las-reformas-a-la-ley-bitcoin-en-el-salvador-cambios-clave-desde-hoy\/","title":{"rendered":"En vigor las reformas a la Ley Bitcoin en El Salvador: cambios clave desde hoy"},"content":{"rendered":"

A partir de este 1 de mayo, entra oficialmente en vigencia la reforma a la Ley Bitcoin en El Salvador<\/strong>. El nuevo marco legal, aprobado por la Asamblea Legislativa el 29 de enero de 2025 y publicado en el Diario Oficial un d\u00eda despu\u00e9s, introduce cambios relevantes en seis de los art\u00edculos originales de la le<\/strong>y, elimina tres y modifica el rol del Estado, que a partir de ahora queda al margen de cualquier obligatoriedad respecto al uso de Bitcoin como moneda de curso legal.<\/p>\n

Esta transformaci\u00f3n normativa forma parte de un acuerdo entre el gobierno salvadore\u00f1o y el Fondo Monetario Internacional (FMI<\/strong>), vinculado a un pr\u00e9stamo de USD 1.400 millones. Aunque el Bitcoin mantiene su estatus legal en el pa\u00eds, su uso ser\u00e1 opcional y limitado al sector privado.<\/p>\n

El Salvador cambia art\u00edculos importantes en la Ley de Bitcoin<\/h2>\n

Uno de los principales cambios se encuentra en el art\u00edculo 1<\/strong>. La nueva redacci\u00f3n confirma que el Bitcoin conserva su poder liberatorio ilimitado<\/strong>, es decir, puede utilizarse legalmente para saldar deudas y realizar pagos. Sin embargo, su aceptaci\u00f3n ser\u00e1 voluntaria y restringida a personas naturales o empresas privadas<\/strong>, dejando fuera a las entidades p\u00fablicas.<\/p>\n

Esta modificaci\u00f3n implica el fin de la obligatoriedad estatal de aceptar Bitcoin en operaciones cotidianas, como hab\u00eda sido estipulado en 2021. En ese sentido, el gobierno tambi\u00e9n decidi\u00f3 descontinuar la \u201cChivo Wallet<\/a>\u201d<\/strong>, la billetera digital oficial lanzada por el Ejecutivo hace tres a\u00f1os.<\/p>\n

Con la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 3<\/strong>, El Salvador<\/a> establece que todo precio podr\u00e1 ser convertido a Bitcoin<\/strong> seg\u00fan el tipo de cambio del mercado, el cual ser\u00e1 definido libremente, sin intervenci\u00f3n estatal. A diferencia del texto original, que permit\u00eda fijar precios directamente en Bitcoin, la nueva ley enfatiza la preeminencia del d\u00f3lar como unidad base<\/strong>.<\/p>\n

La reforma al art\u00edculo 5<\/strong> representa otro giro importante. A partir de ahora, las transacciones con Bitcoin estar\u00e1n exentas \u00fanicamente del impuesto sobre las ganancias<\/strong> de capital. Ya no se menciona la exenci\u00f3n al impuesto sobre la renta, como en la versi\u00f3n original de 2021.<\/p>\n

Este cambio puede<\/strong> afectar a individuos y empresas que obtienen ingresos regulares en Bitcoin<\/strong>, pues sus utilidades podr\u00edan estar sujetas a tributos<\/strong> dependiendo de la interpretaci\u00f3n que haga la administraci\u00f3n fiscal. La reforma, adem\u00e1s, elimina la equiparaci\u00f3n entre Bitcoin y otras monedas de curso legal<\/strong>, reduciendo su ventaja fiscal frente al d\u00f3lar.<\/p>\n